A- de 2025
Ponente Carolina Ramírez Pérez
✓Demandante Viceprocurador General De La Nación·Demandado --
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Causales
- Causales no pueden aplicarse con el mismo rigor al Procurador general de la Nación
- Unificación respecto al alcance de la causal de “haber conceptuado sobre la constitucionalidad de la disposición acusa”
- Alcance de la causal "haber conceptuado sobre la constitucionalidad de la disposición acusada"
- Aceptar por haber conceptuado sobre la constitucionalidad de la disposición acusada
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Impedimento formulado por el Viceprocurador General de la Nación para rendir concepto en el proceso de la referencia.
El profesional alegó la causal consistente en haber conceptuado sobre la constitucionalidad de la disposición objeto de control.
Al respecto manifestó que presentó un documento ante el Departamento Nacional de Planeación y las comisiones constitucionales del Congreso de la República, en el que se pronunció de fondo sobre el proyecto de ley y los diferentes temas que desarrollo el mismo.
Adujo, que de manera específica emitió pronunciamiento sobre el carácter orgánico de las normas que pretende modificar la ley ordinaria del Plan Nacional de Desarrollo, el régimen de contratación, las normas que generarían afectaciones a derechos fundamentales y el principio de unidad de materia.
Revisado el asunto concluyó la Corte que la actuación del Viceprocurador se subsume dentro de la causal objetiva prevista en el artículo 25 del Decreto 2067 de 1991 y, por eso, decidió declarar FUNDADO el impedimento presentado.
Con base en lo anterior se ordenó remitir el expediente al Procurador General de la Nación para que. en cumplimiento de la función que le atribuye el artículo 7.28 del Decreto Ley 262 de 2000, designe al funcionario encargado de rendir concepto.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. Con base en las razones expresadas en esta providencia, DECLARAR FUNDADO el impedimento manifestado por el viceprocurador general de la nación, Silvano Gómez Strauch, para emitir concepto dentro del expediente D-15.465.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, REMITIR el expediente D-15.465 al procurador general de la nación, Gregorio Eljach Pacheco, para que, en cumplimiento de la función que le atribuye el artículo 7.28 del Decreto Ley 262 de 2000, designe al funcionario encargado de rendir concepto.
- Tercero. ORDENAR a la Secretaría General de la Corte Constitucional que levante la suspensión de términos y corra traslado por el término que falte al funcionario que designe el procurador general de la nación para que rinda el concepto de que tratan los artículos 242, numeral 2, y 278, numeral 5, de la Constitución.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.